domingo, 19 de marzo de 2017

BANDEJA PORTACABLE

Bandejas para Cables

NTP 070-2200 Restricciones de Uso (ver Anexo B)

Las bandejas para cables no deben ser utilizadas en lugares peligrosos excepto como se permite en la Regla 110-068.

NTP 070-2202 Métodos de Instalación (ver Anexo B)

(1) Las bandejas para cables deben ser instaladas como un sistema completo, utilizando accesorios u
      otros medios para proveer soporte y adecuados radios de curvatura a los conductores, antes que
      éstos sean instalados.

(2) La máxima carga de diseño y la separación entre los elementos de soporte de las bandejas no 
      deben exceder los valores especificados en la Tabla 42.

(3) Las bandejas para cables no deben atravesar paredes excepto cuando éstas sean construidas con
      materiales no combustibles. Excepcionalmente, cuando deban pasar paredes construidas con
      materiales combustibles, deben ser bandejas no ventiladas.

(4) Se permite que las bandejas para cables se extiendan verticalmente a través de pisos de lugares
     secos, si están provistas con cortafuegos de acuerdo con la Regla 020-124, debiendo ser
     completamente cerradas hasta por lo menos 2 m sobre el piso, para proveer adecuada protección
     contra daños mecánicos.

(5) Las bandejas para cables deben ser adecuadamente soportadas mediante elementos no
     combustibles.

(6) Los extremos muertos de las bandejas deben ser cerrados mediante el uso de terminales de cierre
     adecuados.

(7) Las mínimas distancias de seguridad para las bandejas deben ser:
     (a) 150 mm en sentido vertical, excluyendo el espesor de la bandeja, entre bandejas instaladas en
          hileras superpuestas, excepto cuando hayan instalados cables de 50 mm o más de diámetro, en
          cuyo caso deben espaciarse a no menos de 300 mm; y

    (b) 300 mm en sentido vertical desde la parte superior de la bandeja hacia los techos, ductos o
         equipos de calefacción, y 150 mm hacia obstrucciones de corta longitud; y

     (c) 600 mm en sentido horizontal entre bandejas montadas adyacentes, o hacia las paredes u otras
          obstrucciones.

NTP 070-2204 Conductores en Bandejas para Cables
(1) Pueden utilizarse en bandejas para cables los conductores listados en la Tabla 19 y, excepto lo 
      permitido en las Subreglas (2) y (3), deben tener una cubierta metálica continua o una armadura
      entrelazada.

(2) Se permite instalar en bandejas el cable tipo TC - “Tray-Cable” en ambientes de instalaciones
      industriales inaccesibles para el público, previendo que el cable:

(a) Sea instalado en conductos, o en otra canalización adecuada, o directamente enterrado, cuando no
     está instalado en una bandeja; y

    (b) Se le provea de protección mecánica cuando pueda estar sujeto a daños ya sea durante como
         después de su instalación; y

    (c) No tenga una sección menor de 50 mm2 cuando se use un solo cable; y

    (d) Se encuentre en instalaciones atendidas y mantenidas únicamente por personal calificado.

(3) Se permite el uso de cables con aislamiento resistente a la humedad y cubiertas no metálicas a 
     prueba de llamas o cubiertas de los tipos listados en la Tabla 19, en bandejas de cables tanto
     cerradas como ventiladas en la medida que no estén expuestos a daños mecánicos
     durante o después de su instalación en:

     (a) Bóvedas o cabinas de equipos eléctricos; y

     (b) Otros lugares inaccesibles al público y construidos como salas de
          servicio cuando lo permita una excepción de acuerdo a la Regla 020-030.

(4) Los conductores individuales deben ser asegurados para prevenir movimientos excesivos por
     efectos dinámicos de una falla.

(5) Cuando los conductores individuales son asegurados a la bandeja, deben tomarse adecuadas
      precauciones para prevenir el sobrecalentamiento de los soportes por efecto de inducción.

NTP 070-2206 Uniones y Empalmes en Bandejas para Cables
Cuando se efectúen uniones y empalmes en los alimentadores o circuitos derivados dentro de una bandeja para cables, tales conexiones deben estar aisladas y ser accesibles.

NTP 070-2208 Conexiones a Otros Sistemas de Alambrado
Cuando se conecten las bandejas para cables a otros sistemas de alambrado, se debe asegurar en la transición que los conductores no queden sujetos a daños mecánicos o abrasión, y puedan mantener sus enlaces equipotenciales.

NTP 70-2210 Provisiones para Enlaces Equipotenciales
(1) Cuando los soportes metálicos de una bandeja para cables igualmente metálica, se fijan mediante
     pernos que queden en contacto con la estructura metálica de la edificación, se considera que la
     bandeja está conectada a tierra.

(2) Cuando no se cumpla la condición de la Subregla (1), la bandeja de cables metálica debe ser adecuadamente enlazada a intervalos que no excedan los 15 m, y la dimensión del conductor para el enlace equipotencial debe ser calculada en base a la capacidad del dispositivo de sobrecorriente del circuito contenido en la bandeja, de acuerdo a los requerimientos de la Regla 060-814.

NTP 070-2212 Capacidad de Corriente de Conductores en Bandejas
(1) En bandejas ventiladas y bandejas tipo escalera en las que el espacio libre entre circuitos (conductores unipolares agrupados, cables o ambos) es mantenido más grande que el 200% del diámetro equivalente, la capacidad de los conductores de acuerdo al método de instalación (métodos E, F y G) se indica en la Tabla 1.

(2) En bandejas ventiladas y bandejas tipo escalera en las que el espacio libre entre circuitos de cables de un solo conductor, cables o ambos, no cumplen con la Subregla (1), la capacidad de corriente de la Tabla 1, será multiplicada por el factor de corrección especificado en la Tabla 5C para la disposición y número de circuitos o cables involucrados, a menos que se permita una excepción de acuerdo a la Regla 020-030 y se definan otros factores de corrección.

(3) Cuando se ubican bandejas de cables en ambientes cuyas temperaturas exceden los 30 °C, debe aplicarse el factor de corrección por temperatura de la Tabla 5A, para determinar las capacidades de
conducción a partir de la Subregla (1) o (2) que sea aplicable.

Telefono Móvil Nº 938121042
Teléfono Fijo 01-7955616








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