REGLA 030-010 Usos de Cordones Flexibles
(1) El tipo de los cordones flexibles debe ser alguno de los especificados en
la Tabla 11 para cada condición de uso.
(2) Los cordones flexibles pueden ser usados para:
(a) Equipos eléctricos para uso doméstico o similar, que tengan que
ser movidos de un lugar a otro y que requieran 15 A o menos, a
tensiones no mayores que 250 V; y
(b) Equipos eléctricos para uso industrial que sean capaces de ser
movidos y operados de un lugar a otro; y
(c) Artefactos colgantes; y
(d) Alambrado para grúas y elevadores; y
(e) Las conexiones de equipos estacionarios para facilitar su
intercambio, cuando lo permite una excepción de acuerdo con la
Regla 020-030; y
(f) Prevenir la transmisión de ruido y vibración; y
(g) La conexión de componentes eléctricos entre los cuales es
necesario un movimiento relativo; y
(h) La conexión de electrodomésticos tales como hornos y secadoras
de ropa; y
(i) Ambos, la conexión, utilizando un conector adecuado, y la
interconexión de equipos de procesamiento de datos, previéndose
la utilización de cordones para uso muy exigente.
(3) Los cordones flexibles no deben ser usados:
(a) Como un sustituto para el alambrado fijo de estructuras, y no
deben:
(i) Ser permanentemente asegurados a cualquier elemento
estructural; o
(ii) Ser instalados a través de agujeros en paredes, cielos rasos
o pisos; o
(iii) Ser instalados a través de vanos de puertas, ventanas o
aberturas similares;
(b) A temperaturas sobre la temperatura nominal permisible del
cordón, o a temperaturas suficientemente bajas como para
exponer al cordón a daños en su aislamiento o en cualquier
recubrimiento externo;
(c) Para la suspensión de cualquier dispositivo con un peso superior a
2,3 kg, a menos que el cordón y la estructura del dispositivo estén
marcados como capaces de soportar un peso de hasta 11 kg.
(4) Los cordones flexibles deben ser protegidos por un manguito o rondana
aislante, o de alguna otra manera aceptable, al entrar a una pared
exterior de un dispositivo o al entrar en un portalámparas.
(5) Cuando se utiliza un cordón flexible como un cordón de extensión o
para ser enchufado un electrodoméstico u otro dispositivo, debe ser de
sección mínima de 1,5 mm2 y con cubierta exterior (protección
mecánica); no deben quedar partes vivas expuestas cuando un
extremo es conectado a una fuente de suministro eléctrico y el otro
queda libre.
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domingo, 9 de abril de 2017
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